La citada norma aprueba nuevas medidas fiscales para mitigar los efectos del Coronavirus, algunas de las cuales traemos a este espacio.
1. Reducción de tipos de IVA:
Se reduce temporalmente al 0% el IVA aplicable al suministro de material sanitario de productores nacionales a entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.
Se reduce el IVA de los libros, revistas y periódicos electrónicos al 4%.
2. Se amplía el plazo de opción de modalidad de pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades (IS):
La norma permite de manera extraordinaria optar a la modalidad de pago fraccionados prevista en el art. 40.3 LIS para contribuyentes del IS cuyo período impositivo se haya iniciado a partir de 1 de enero de 2020:
• Mediante la presentación del primer pago fraccionado del IS, ampliado hasta el 20 de mayo para los contribuyentes a quienes sea de aplicación la ampliación prevista en el artículo único.1 del RD-ley 14/2020: contribuyentes con facturación inferior a 600.000 € en 2019.
• Mediante la presentación del segundo pago fraccionado del IS en los primeros 20 días naturales del mes de octubre de 2020, para aquellos contribuyentes que no pueden acogerse al plazo ampliado por el RD-ley 14/2020 y cuyo importe neto de la cifra de negocios no haya superado la cantidad de 6.000.000 € durante los 12 meses anteriores a la fecha en la que se inició el período impositivo. No es aplicable a los grupos de sociedades en consolidación fiscal (capítulo VI del título VII LIS). El pago fraccionado efectuado en los 20 días naturales del mes de abril de 2020 será deducible de la cuota del resto de pagos fraccionados que se efectúen a cuenta del mismo período impositivo determinados con arreglo a la opción del art. 40.3.
• El contribuyente que ejercite la opción con arreglo a lo dispuesto a dicho artículo quedará vinculado a esa modalidad de pago fraccionado, exclusivamente, respecto de los pagos correspondientes al mismo periodo impositivo.
3. Los días naturales en estado de alarma no computan en módulos