A partir del 1 de enero de 2023 los contribuyentes deberán declarar las criptomonedas que posean y el valor en euros de las mismas, según se recoge en el borrador del Real Decreto que desarrollará la Ley Antifraude.
Esta obligación afectará a las personas y entidades que posean estos activos, así como a las empresas de compra e intercambio de estas monedas, empresas que guardan las claves criptográficas o las que creen nuevas monedas.
La valoración del saldo podrá hacerse de dos formas: con la cotización media de a 31 de diciembre o a través de mecanismos de valoración que proporcionen una estimación razonable del valor de mercado en euros de la moneda virtual.
La obligación de declarar estos activos deberá cumplirse entre el 1 de enero y el 31 de marzo, a través del modelo que publicará la Agencia Tributaria. Quienes posean monedas virtuales por un valor conjunto máximo de 50.000 euros estarán exentos de esta obligación. La presentación de la declaración en los años sucesivos solo será obligatoria cuando el saldo conjunto hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto de la última declaración.