El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha señalado en dos asuntos (sentencias de 10 de junio de 2021) que los consumidores que hayan suscrito un préstamo multidivisa que contenga cláusulas abusivas no pueden ser expuestos a ningún plazo de prescripción para obtener la devolución de las cantidades abonadas sobre la base de dicha estipulación.
El Tribunal recuerda que las cláusulas abusivas que figuren en un contrato de consumo no vinculan al consumidor y que debe considerarse que nunca han existido, de modo que no pueden tener efectos en su situación de hecho y de Derecho.
Debe recordarse que este tipo de préstamos han provocado importantes perjuicios a los consumidores. Esta importante resolución permitirá la reparación a aquellos que hasta ahora tenían limitada dicha posibilidad.