El ERTE y su aplicación en la crisis del COVID-19

Con motivo del reciente Estado de Alarma decretado por el Gobierno, en el marco de la crisis del COVID-19, desde CGC ABOGADOS, hemos preparado una nota orientativa sobre las posibilidades que ofrece nuestra legislación laboral, para paliar los efectos de la drástica bajada de la actividad empresarial.

¿Qué es un ERTE y qué medidas se pueden adoptar?

El Expediente de Regulación Temporal de Empleo, es un mecanismo que permite, en determinados supuestos suspender temporalmente los efectos de los contratos de trabajo, o la reducción temporal de su jornada. Así, son esencialmente dos las medidas que se podrían adoptar.

• Suspensión del contrato de trabajo: Se suspende la obligación del trabajador de acudir a su puesto de trabajo y en consecuencia la empresa no abonará el salario. El trabajador tendrá derecho al desempleo.

• Reducción de la jornada laboral: Se reduce la jornada laboral de forma temporal entre un 10% y un 70%. El salario deberá reducirse en el mismo porcentaje que la reducción de la jornada. El trabajador tendrá derecho al desempleo en el porcentaje de la reducción de la jornada laboral.

¿Cómo se tramite un ERTE?

La tramitación está prevista en el Real Decreto 1483/2012, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.

La declaración del Estado de Alarma y la declaración por parte de la Organización Mundial de Salud de situación sanitaria de pandemia, deben suponer la aplicación

del artículo 47.3 del Estatuto de los Trabajadores, en virtud del cual se pueden aplicar estas medidas por causa de fuerza mayor.

El procedimiento se inicia presentando una solicitud ante la Autoridad Laboral solicitando que declare la concurrencia de la causa de fuerza mayor. Tras la admisión de tales causas por parte de la Autoridad Laboral, se pueden aplicar las medidas presentando sendos escritos ante la Autoridad Laboral y ante el INSS, concretando las medidas adoptadas e identificando a que trabajadores afectan.

¿En qué medida se reducen los costes laborales en un ERTE?

Analicemos los dos supuestos citados anteriormente:

• Suspensión del contrato de trabajo: La suspensión del contrato de trabajo permite a la empresa no abonar ni el salario ni las cotizaciones a la Seguridad Social.

• Reducción de la jornada laboral: La reducción de la jornada permite no abonar el importe del salario correspondiente a esa reducción de jornada.

¿Los trabajadores afectados por un ERTE tienen derecho al desempleo?

Sí, los trabajadores afectados por un ERTE, tiene derecho al desempleo. En el caso de aquellos sometidos a una reducción de jornada, el derecho al desempleo será proporcional a la parte de la jornada que se hubiere reducido.

* Esta nota se ha elaborado con base a la comparecencia del Presidente de Gobierno del día 17 de marzo de 2020, pendiente, por tanto, de la publicación en el BOE de las novedades anunciadas.

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