Trámites jurídicos que seguir cuando fallece un familiar

Una vez que se ha producido el fallecimiento, el primer paso será conseguir, a la mayor brevedad posible, el certificado de defunción en el registro civil del lugar del fallecimiento.

El segundo paso será conseguir el certificado de actos de última voluntad. Este certificado determinará si nuestro familiar tenía testamento, o no, y ante qué notario se otorgó. En el caso de no existir testamento deberemos tramitar un expediente de herederos abintestato.

Asimismo, deberá solicitarse el certificado de contratos de seguros del fallecido y que nos servirá para conocer si el mismo tenía contratado un seguro de vida, o un seguro de accidentes, paso previo para cobrar la cantidad que en su caso corresponda.

Seguidamente se procederá a la aceptación y adjudicación de la herencia o, en caso de ser varios herederos, a su reparto, lo que se hará con base en lo señalado en el testamento o, en caso de no existir testamento, a la ley aplicable.

Finalmente, procederá el pago del impuesto de sucesiones, que deberá abonar cada heredero en el plazo de seis meses desde el fallecimiento del causante, así como el cobro de cantidades, adjudicación de bienes, inscripción de fincas en el Registro de la Propiedad, etc.

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