El Supremo confirma la nulidad de una cláusula suelo a un no consumidor

El pasado 16 de junio de 2021 el Tribunal Supremo inadmitió un recurso de casación interpuesto por un banco y, con esta inadmisión, confirmó la nulidad de una cláusula suelo de 3,50% que se impuso a un “no consumidor”.

Cabe recordar que, aunque la nulidad de estas cláusulas a favor de los consumidores ha venido declarándose desde la relevante Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, los autónomos, profesionales y empresas tenían más complicado conseguir una sentencia favorable, al no resultarles de aplicación la legislación propia de los consumidores.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha extendido su doctrina utilizando el argumento del abuso de posición dominante y la vulneración de la buena fe contractual que lleva a cabo el banco frente al prestatario.

A esta resolución se le une la del pasado 11 de marzo  de 2021, en la que el Tribunal Supremo dictó una sentencia a través de la cual abre la puerta a las reclamaciones en materia de cláusulas suelo padecidas por los no consumidores, poniéndose de manifiesto que el carácter de empresario no es óbice para que una cláusula suelo sea declarada nula.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *