En su sentencia de 4 de marzo de 2020, el Tribunal Supremo ha reconocido la usura de las tarjetas “revolving” y da la razón a los usuarios que se habían convertido en deudores cautivos, ya que estas tarjetas no permiten el pago de lo dispuesto de una sola vez, al mes siguiente, como las de crédito más comunes, sino que el pago se produce en cuotas.
Esto supone generar una deuda pendiente de pago que no se va extinguiendo, y sobre la que el banco aplicará unos intereses que, además, son extremadamente altos: de hasta el 27%, como es el caso de la tarjeta que ha llegado al Supremo.
Así, el Tribunal Supremo ataca la propia naturaleza del contrato al tratarse de cuotas bajas y constantes, que por su bajo importe pagan una proporción alta de intereses mientras que amortizan poco capital, de modo que el prestatario se convierte en deudor cautivo, de una gran deuda.