¿Puede su empresa evitar la disolución con un préstamo participativo?

Las sociedades anónimas y limitadas se disolverán cuando sus pérdidas dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad de su capital social a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso.

Son los administradores sociales los que tendrán que acometer las actuaciones tendentes a restablecer el equilibrio bajo pena de responder de las deudas sociales que se generen con posterioridad a la causa de disolución.

Ante esta situación de insolvencia legal y responsabilidad anunciada, no son pocas las empresas que recurren al préstamo participativo como cauce de financiación alternativo a la aportación social, y medida que tras la integración patrimonial de la prestataria, impide la disolución o en su caso la reducción de capital por pérdidas.

El préstamo participativo es un instrumento de financiación que se caracteriza por la participación de la prestamista en la evolución del negocio de la empresa financiada; el establecimiento de un interés variable referido a la cifra de negocios; el vencimiento a largo plazo; la negociación de períodos de carencia extensos y, por último, aunque no menos importante, su contabilización como patrimonio neto a pesar de constituir un pasivo

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